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Protección pasiva contra el fuego
Fuegos celulósicos
Mejora de la reacción de elementos decorativos



Mejora de la reacción de elementos decorativos
TRATAMIENTO DE MADERAS, TEJIDOS Y MATERIALES DIVERSOS
En las edificaciones actuales, hay muchos elementos decorativos que necesitan ser tratados para mejorar su comportamiento al fuego y poder alcanzar la reacción al fuego exigida por las normativas. En Ignifugaciones Generales ofrecemos una amplia variedad de soluciones aptas para muchas necesidades.
Podemos combinar las propiedades de la industria textil convencional en elementos nuevos, así como elementos ya existentes; cortinas de poliéster, algodón, lino, telones, moquetas, alfombras, sillones, sofás, tapizados, ropa, pieles pigmentadas o naturales, polipropileno, elementos decorativos de madera, poliestireno expandido, cartón, cañizo, plantas artificiales, etc., colocadas decorativamente en las paredes, techos o suelo.
Los campos de actuación más habituales son hoteles, residencias, restaurantes, bares, cines, teatros, discotecas, salas de fiesta, parques de atracciones, centros comerciales, tiendas, escenografías, audiovisuales, ...
Al aplicar los productos, no cambian el aspecto original del elemento decorativo (el color y el tacto). Los productos son de calidad, biodegradables e inodoros, además de cumplir todas las certificaciones europeas de reacción al fuego.
Podemos realizar el tratamiento in situ; nos desplazamos a las instalaciones para la correcta aplicación de los productos o podemos realizarlo en nuestros talleres, mediante baños por inmersión o procesos manuales.
Al final de los trabajos, se expedirá el certificado de aplicación y de los productos utilizados en función de la tipología del tratamiento según el Anexo B del I.T.C. SP-136 para dar cumplimiento a las normativas vigentes.
Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos según el C.T.E. DB SI1:
(1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado.
(2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al fuego será la que se indica, pero incorporando el subíndice L.
(3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea EI-30’ como mínimo.
(4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En uso hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidas.
(5) Véase el capítol 2 de esta sección.
(6) Se refiere a la parte interior de la cavidad. Por ejemplo, a la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) así como cuando el falso techo está constituido por una celosía, retícula o entramado abierto, con una función acústica, decorativa, etc., esta condición no es aplicable.
Podemos combinar las propiedades de la industria textil convencional en elementos nuevos, así como elementos ya existentes; cortinas de poliéster, algodón, lino, telones, moquetas, alfombras, sillones, sofás, tapizados, ropa, pieles pigmentadas o naturales, polipropileno, elementos decorativos de madera, poliestireno expandido, cartón, cañizo, plantas artificiales, etc., colocadas decorativamente en las paredes, techos o suelo.
Los campos de actuación más habituales son hoteles, residencias, restaurantes, bares, cines, teatros, discotecas, salas de fiesta, parques de atracciones, centros comerciales, tiendas, escenografías, audiovisuales, ...
Al aplicar los productos, no cambian el aspecto original del elemento decorativo (el color y el tacto). Los productos son de calidad, biodegradables e inodoros, además de cumplir todas las certificaciones europeas de reacción al fuego.
Podemos realizar el tratamiento in situ; nos desplazamos a las instalaciones para la correcta aplicación de los productos o podemos realizarlo en nuestros talleres, mediante baños por inmersión o procesos manuales.
Al final de los trabajos, se expedirá el certificado de aplicación y de los productos utilizados en función de la tipología del tratamiento según el Anexo B del I.T.C. SP-136 para dar cumplimiento a las normativas vigentes.
Clases de reacción al fuego de los elementos constructivos según el C.T.E. DB SI1:
Situación del elemento | Revestimientos (1) | |
De techos y paredes (2) (3) | De suelos (2) | |
Zonas ocupables (4) | C-S2, d0 | EFL |
Pasillos y escaleras protegidas | B-S1, d0 | CFL-S1 |
Aparcamientos y recintos de riesgo especial (5) | B-S1, d0 | BFL-S1 |
Espacios ocultos no estancos, tales como patinillos, falsos techos y suelos elevados (excepto los existentes dentro de las viviendas) etc. o que siendo estancos, contengan instalaciones susceptibles de iniciar o de propagar un incendio | B-S3, d0 | BFL-S2 (6) |
(1) Siempre que superen el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado.
(2) Incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego. Cuando se trate de tuberías con aislamiento térmico lineal, la clase de reacción al fuego será la que se indica, pero incorporando el subíndice L.
(3) Incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que no esté protegida por una capa que sea EI-30’ como mínimo.
(4) Incluye, tanto las de permanencia de personas, como las de circulación que no sean protegidas. Excluye el interior de viviendas. En uso hospitalario se aplicarán las mismas condiciones que en pasillos y escaleras protegidas.
(5) Véase el capítol 2 de esta sección.
(6) Se refiere a la parte interior de la cavidad. Por ejemplo, a la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) así como cuando el falso techo está constituido por una celosía, retícula o entramado abierto, con una función acústica, decorativa, etc., esta condición no es aplicable.